02 de febrero de 2020

Informe de Evaluación de Edificios

El Informe de Evaluación de Edificios (IEE) recoge información sobre el estado general de conservación de un edificio, su grado de accesibilidad y su certificación energética

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El Informe de Evaluación de Edificios (IEE) es un documento técnico relativo a un edificio de más de una vivienda, en el que se recoge información sobre su estado general de conservación, su grado de accesibilidad y su certificación energética.

Informe 2019

Fecha para tener redactado el IEE:

Fecha en la que se alcanzan los 50 añosFecha límite para contar con el IEE
Antes del 31 de diciembre de 20131 de enero de 2018
Durante los años 2014, 2015 y 20161 de enero de 2019
Durante los años 2017 y 20181 de enero de 2020
En el año 20191 de enero de 2021
A partir del 1 de enero 2020Antes de 1 año desde que se adquiere la antigüedad de 50 años


Exigencia del IEE para tramitar expediente de rehabilitación protegida
:

  • Para actuación sujeta a ayuda comunitaria (accesibilidad, envolvente térmica o mejora de instalaciones térmicas) o para su adecuación estructural, será exigido el IEE en todo caso.
  • Para actuación individual (baños, cocinas, carpintería exterior, instalaciones,…), cuando le sea exigible por plazo (en la actualidad, construido hasta en 1963)

Recordar que el artículo 34.7 de la Ley Foral 28/2018, de 26 de Diciembre que modificó la Ley Foral 10/2010, de 10 de Mayo, del derecho a la vivienda en Navarra, extendió la obligación de realizar el IEE (informe de evaluación de edificios) a las viviendas unifamiliares conforme al calendario siguiente (previsto en la disposición transitoria decimotercera):

a)    Las viviendas unifamiliares que el 31 de diciembre de 2018 tuvieran una antigüedad de 100 o más años deberán efectuar la evaluación del edificio de forma que dispongan del correspondiente informe antes del primer día del año 2020.

b)    Las viviendas unifamiliares que el 31 de diciembre de 2019 tengan una antigüedad de 75 o más años deberán efectuar la evaluación del edificio de forma que dispongan del correspondiente informe antes del primer día del año 2021.

c)    Las viviendas unifamiliares que tengan una antigüedad de 75 años a partir del 1 de enero de 2020 deberán efectuar la evaluación del edificio de forma que dispongan del correspondiente informe antes de que transcurra un año desde la fecha en que hubieran adquirido dicha antigüedad.

Asimismo la Ley Foral estableció que para la concesión o renovación de la cédula de habitabilidad será necesario contar con el Informe de Evaluación de Edificios, con el resultado de apto o apto con deficiencias leves, cuando el mismo sea exigible y el edificio sea propiedad de una única unidad familiar, persona física o jurídica.

Por lo tanto se recuerda la obligatoriedad de tener realizado el IEE en unifamiliares desde el 01/01/2020 para poder renovar o conceder cédula de habitabilidad en el caso de edificios de más de 100 años (fecha de catastro 1918 o anterior)

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